Responsabilidades

  • ¿Qué es la Responsabilidad Universitaria?
    • Son las acciones u omisiones que son contrarias a la Legislación Universitaria, y producen menoscabo a la tradición y prestigio de la Universidad o, causen daño o perjuicio a ésta o a sus integrantes.
  • ¿Cuáles son las causales graves a las faltas a la Responsabilidad Universitaria?
    • Suspender ilegalmente, en forma pacífica o violenta, en todo o en parte, las actividades de la Universidad, de un Organismo Académico, Centro Universitario, Dependencia Académica o Plantel de la Escuela Preparatoria.
    • Apoderarse, retener, disponer, aprovecharse, destruir o alterar, en forma pacífica o violenta, en todo o en parte, los bienes o instalaciones del patrimonio de la Institución.
  • ¿En qué faltas podrán incurrir los profesores ?
    • Incumplir las responsabilidades y obligaciones establecidas en la Legislación Universitaria de naturaleza distinta a la laboral.
    • Dañar física, moral o patrimonialmente a cualquier integrante de la comunidad universitaria.
    • Denostar o menospreciar de palabra u obra el prestigio de la institución.
    • Abstenerse de participar, intervenir o desempeñar algún cargo o comisión de gobierno o académico sin causa justificada.
    • Inducir a terceras personas para dañar, de cualquier forma, a la universidad o a sus integrantes.
    • Usar como propios o reproducir por cualquier medio, total o parcialmente documentos, información, materiales, instrumentos y otros que sean recibidos de los alumnos, sin autorización y reconocimiento de éstos.
    • Dañar el patrimonio universitario.
    • Realizar actos que suspendan las labores académicas con fines distintos a los previstos para las mismas.
    • Utilizar los recursos humanos, financieros o materiales que tenga a su cargo, en beneficio o aprovechamiento personal o de terceros.
    • Abstenerse de informar a la autoridad universitaria cuando tenga impedimento legal para participar en algún órgano colegiado interno.
    • Incurrir en desviación o abuso de autoridad, o cometer agravios en perjuicio de terceros.
    • Falsificar o utilizar documentos apócrifos para cualquier fin, en su relación con la universidad.
    • Las demás que establezca la Legislación Universitaria.
  • ¿En qué casos los alumnos son responsables de cometer faltas?
    • Incumplir las responsabilidades y obligaciones establecidas en la Legislación Universitaria.
    • Dañar física, moral o patrimonialmente a cualquier integrante de la comunidad universitaria.
    • Dañar el patrimonio universitario.
    • Suplantar, ser suplantado o realizar actos fraudulentos en las evaluaciones académicas.
    • Falsificar o utilizar documentos apócrifos para cualquier fin, en su relación con la universidad.
    • Consumir bebidas alcohólicas, narcóticos, drogas enervantes o estupefacientes en las instalaciones de la Universidad, o acudir a ellas bajo sus efectos.
    • Portar armas de cualquier tipo en las instalaciones de la universidad. Se exceptúan aquellas que resulten inherentes a las labores, actividades o prácticas académicas.
    • Realizar actos que suspendan las labores académicas, sin causa justificada.
    • Inducir a terceras personas para dañar, de cualquier forma, a la universidad o a sus integrantes.
    • Las demás que establezca la legislación universitaria.
  • ¿Cuál es el procedimiento para imponer una sanción?
    • La autoridad deberá notificar por escrito y de manera personal (se sugiere preferentemente con tres días de anticipación) el día, hora y lugar en el cual se deberán presentar y desahogar las pruebas que considere pertinentes el presunto responsable, mencionando los hechos que dan lugar a dicha garantía.
    • Se podrá acudir a la garantía de audiencia acompañado(a) de persona de confianza o defensor(a) de los derechos universitarios.
    • El citatorio deberá estar fundado y motivado conforme a la legislación universitaria.